Cómo Solicitar el Ingreso Mínimo Vital en 2026: Requisitos y Pasos

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica de la Seguridad Social destinada a personas y familias en situación de vulnerabilidad económica. En esta guía te explicamos quién puede solicitarlo, cuánto se cobra, qué documentos necesitas y cómo tramitarlo paso a paso.

⚡ Resumen rápido

604€
Cuantía mínima 2026
Online
Solicitud disponible
3-6 meses
Plazo de resolución

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social creada en 2020. Su objetivo es garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, como complemento o sustituto de otras rentas.

Es diferente al paro o a otros subsidios: no requiere haber cotizado previamente y está diseñado para quienes tienen muy pocos o ningún ingreso.

¿Quién puede solicitarlo?

Para tener derecho al IMV en 2026 debes cumplir todos estos requisitos:

  • Tener entre 23 y 65 años — Salvo menores con hijos a cargo, que pueden solicitarlo desde los 18.
  • Residir legalmente en España — Con al menos 1 año de residencia continuada.
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica — Ingresos y patrimonio por debajo de los umbrales establecidos.
  • Estar inscrito como demandante de empleo — Si estás en edad de trabajar y no tienes empleo.
  • No vivir en una institución pública con manutención completa — Como residencias o centros de acogida.
⚠️
Importante: Puedes ser beneficiario del IMV aunque estés trabajando, si tus ingresos son muy bajos. El IMV complementa los ingresos del trabajo hasta el umbral mínimo establecido.

¿Cuánto se cobra?

💰 Cuantías del IMV en 2026

Persona sola sin hijos
604 €/mes
cuantía mínima garantizada
Pareja sin hijos
726 €/mes
cuantía para unidad de convivencia
Familia con 1 hijo
847 €/mes
cuantía con menor a cargo
Familia con 2 o más hijos
+120 €
por cada hijo adicional
ℹ️
La cuantía exacta depende de tus ingresos actuales. El IMV complementa tus rentas hasta el umbral de la tabla anterior. Si ya tienes algunos ingresos, recibirás la diferencia hasta alcanzar ese mínimo.

Documentos necesarios

  • DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento si hay menores.
  • Certificado de empadronamiento de todos los convivientes.
  • Declaración de la renta del último ejercicio o certificado de no estar obligado a declarar.
  • Número IBAN de cuenta bancaria a nombre del solicitante.
  • Certificado de discapacidad si algún miembro la tiene reconocida.

Cómo solicitar el IMV paso a paso

  1. 1
    Comprueba si cumples los requisitos

    Usa el simulador oficial en sede.seg-social.gob.es para ver si tienes derecho antes de solicitar.

  2. 2
    Reúne toda la documentación

    Prepara los documentos listados arriba de todos los miembros de tu unidad de convivencia.

  3. 3
    Solicítalo online en la sede de la SS

    Entra en sede.seg-social.gob.es → Ciudadanos → Ingreso Mínimo Vital → Solicitar. Necesitas certificado digital, Cl@ve o SMS.

  4. 4
    O solicítalo de forma presencial

    Pide cita en cualquier oficina de la Seguridad Social. Es la mejor opción si tienes dudas o no tienes identificación digital.

  5. 5
    Espera la resolución

    El plazo de resolución es de 3 a 6 meses. Si se aprueba, el pago es retroactivo desde la fecha de solicitud.

El pago es retroactivo. Si tu solicitud se aprueba meses después de presentarla, recibirás todos los meses atrasados desde la fecha en que la presentaste. No pierdas tiempo en solicitarlo.

Preguntas frecuentes

El IMV es compatible con rentas del trabajo, prestaciones por desempleo, pensiones no contributivas y otras ayudas autonómicas. Sin embargo, la cuantía del IMV se reduce en función de los ingresos que ya tengas, de manera que siempre alcances el umbral mínimo establecido pero sin superarlo.
Si te deniegan el IMV puedes presentar una reclamación previa ante la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde la notificación. Si también te deniegan la reclamación, puedes interponer demanda ante el Juzgado de lo Social.
No hay que renovarlo, pero sí debes comunicar a la Seguridad Social cualquier cambio en tu situación que pueda afectar al derecho o a la cuantía: cambio en los ingresos, variación en los miembros de la unidad de convivencia, obtención de un empleo, etc. Si no lo comunicas y cobras más de lo que te corresponde, deberás devolver la diferencia.
Sí, los extranjeros residentes legales en España pueden solicitar el IMV si cumplen los requisitos, incluyendo el de residencia legal continuada de al menos un año. Es necesario tener NIE y estar empadronado.