Cómo Solicitar el Arraigo Social en España en 2026: Requisitos y Pasos
Cómo Solicitar el Arraigo Social en España en 2026: Requisitos y Pasos
El arraigo social es una de las vías más utilizadas por los extranjeros en situación irregular para regularizar su situación en España. Permite obtener una autorización de residencia y trabajo si llevas al menos 3 años en el país. En esta guía te explicamos exactamente qué requisitos debes cumplir, qué documentos necesitas y cómo presentar la solicitud en 2026.
⚡ Resumen rápido
¿Qué es el arraigo social?
El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, regulada en el artículo 124 del Reglamento de Extranjería. Está pensada para extranjeros que, aunque estén en situación irregular, han establecido vínculos en España a lo largo de los años.
Obtener el arraigo social permite:
- Residir legalmente en España durante 1 año prorrogable.
- Trabajar legalmente — La autorización incluye permiso de trabajo.
- Acceder a servicios públicos con plenos derechos.
- Iniciar el camino hacia la residencia de larga duración y la nacionalidad española.
Requisitos para el arraigo social en 2026
Para solicitar el arraigo social debes cumplir todos estos requisitos simultáneamente:
- Permanencia continuada en España de al menos 3 años — Acreditada mediante empadronamiento, facturas, contratos u otros documentos.
- No tener antecedentes penales en España ni en tu país de origen durante los últimos 5 años.
- Contar con vínculos familiares en España (cónyuge, pareja, hijos o padres españoles o con residencia legal) O haber completado una formación para la integración sociolaboral.
- Tener medios económicos suficientes o una oferta de contrato de trabajo.
- No estar en periodo de prohibición de entrada en España.
Documentos necesarios
Documentación personal
- Pasaporte completo en vigor — Original y fotocopia de todas las páginas.
- Formulario EX–10 — Solicitud de autorización de residencia temporal por arraigo. Descárgalo en extranjeria.gob.es.
- Fotografías recientes en color, fondo blanco, tamaño carné.
- Tasa abonada — Modelo 790 código 052.
Documentación que acredita la permanencia
- Certificados de empadronamiento histórico — Del Ayuntamiento, acreditando 3 años de residencia.
- Documentos complementarios — Contratos de alquiler, facturas de servicios, informes de escolarización de hijos, informes médicos, etc.
Documentación de vínculos o integración
- Certificado de vínculos familiares — Si tienes familiares españoles o con residencia legal: libro de familia, certificado de matrimonio o pareja de hecho, etc.
- O certificado de formación para la integración sociolaboral — Emitido por la Comunidad Autónoma, acreditando haber completado el curso.
Medios económicos
- Oferta de contrato de trabajo — Al menos 30 horas semanales (recomendado aunque no siempre obligatorio).
- O acreditación de medios propios — Extractos bancarios, bienes o ingresos suficientes.
Cómo solicitar el arraigo social paso a paso
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1Reúne toda la documentación
Este es el paso más importante y el que más tiempo lleva. Asegúrate de tener todos los documentos completos antes de pedir cita.
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2Pide cita previa en la Oficina de Extranjería
Ve a sede.administracionespublicas.gob.es → selecciona tu provincia → «Extranjería – Autorizaciones».
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3Paga la tasa (Modelo 790 código 052)
El importe varía según el tipo de autorización. Puedes pagarlo online o en cualquier banco colaborador.
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4Presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería
Acude a la cita con toda la documentación original y copias. El funcionario revisará el expediente y te dará un resguardo de presentación.
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5Espera la resolución
El plazo legal es de 3 meses. Si no recibes respuesta en ese tiempo, se considera silencio administrativo positivo (aprobado). Puedes consultar el estado en sede.administracionespublicas.gob.es.
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6Recoge la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Si se aprueba, debes solicitar la TIE en comisaría de Policía en el plazo de 1 mes desde la notificación de la resolución.
Otros tipos de arraigo
| Tipo | Requisito principal | Incluye trabajo |
|---|---|---|
| Arraigo social | 3 años + vínculos o formación | Sí |
| Arraigo laboral | 2 años + relación laboral demostrable | Sí |
| Arraigo familiar | Ser padre/madre de español | Sí |
| Arraigo para la formación | 2 años + compromiso de formación | Sí (parcial) |